INFIDELIDAD CONYUGAL
"Cada uno es tentado por sus propios deseos que le atraen y seducen; estos deseos, una vez concebidos, engendran el pecado, y el pecado, una vez crecido, engendra la muerte" (Carta de Santiago 1, 14-15).
LA VIDA MISMA
Fernanda
acude al confesonario donde se encuentra don Pedro; éste advierte enseguida que
tiene poca formación y que quiere hablar y desahogarse, más que confesarse. Le
cuenta, entre lágrimas, que ha descubierto que su esposo, Luis, le ha sido
infiel: él mismo lo ha reconocido al saber que Fernanda había escuchado una
conversación con la otra mujer. Fernanda comenta que no sabe qué hacer: está
pensando pedir la separación, pero teme los comentarios a que daría lugar y el
daño para sus dos hijos, de 10 y de 7 años. Dice que Luis le ha pedido perdón y
no se quiere separar, pero que ella ya no se fía de su sinceridad.
A
través de algunas preguntas, don Pedro se entera de que Fernanda tiene cerca de
40 años, que contrajeron matrimonio hace unos 15, y que su posición económica y
social es alta: Luis es un hombre muy activo, manager de una empresa donde tiene como
secretaria a Rita, la otra mujer, soltera y bastante más joven que Fernanda.
Al
hablar sobre la práctica religiosa, Fernanda dice que van a misa algunos
domingos al año, y que cuando visitan a sus padres, que son muy practicantes,
ella acompaña a su madre a la iglesia y alguna vez se ha confesado de faltas
pequeñas. Don Pedro le pregunta si no le hubiera gustado tener más hijos, y
entonces viene a saber que su conducta matrimonial es muy desarreglada, aunque
Fernanda no parece darle importancia. Ya antes de casarse habían vivido juntos,
y después han usado habitualmente métodos anticonceptivos. Llevan una intensa
vida social, y en su ambiente no es normal tener más hijos. A ella le hubiera
gustado tener uno más, pero ahora se da cuenta de que hubiera sido peor.
Don
Pedro la invita entonces a dejar por un momento el problema que la ha traído al
confesonario, y afrontar otro mayor, que está en la base: sus relaciones con
Dios. Le hace ver su infidelidad a Dios, y le explica qué es el pecado, la
confesión y el perdón de Dios. Después le ayuda a comprender que al comportarse
así, tampoco ha sido buena esposa ni buena madre, como Dios quiere. Ella lo
reconoce, y agradece que el sacerdote le diga claro que ha vivido hasta ahora
de un modo bastante egoísta y materialista, en esos aspectos graves y en muchos
detalles pequeños de la convivencia diaria: dice que por primera vez siente que
le están quitando un peso de encima. Sin embargo, poco después protesta,
diciendo que todo eso no justifica lo que ha hecho su marido, y que es él quien
tiene la culpa. Don Pedro le da la razón en esto, pero le hace ver que su modo de
actuar, muy poco cristiano, quizá ha facilitado la infidelidad de su esposo, y
que para poner remedio quizá tiene que empezar cambiando ella misma.
Don
Pedro se da cuenta de que Fernanda sigue queriendo a su marido, e intuye que
también él desea salvar el matrimonio: su actuación parece haber sido producto
de ligereza en el trato con la secretaria, ayudada por la tensión de trabajo y
la frivolidad del ambiente en el que se mueven, donde estas cosas se llaman
"aventuras". Ahora Luis está asustado de las consecuencias que puede
tener.
Para
no prolongar más la confesión, don Pedro da algunos consejos a Fernanda, con el
fin de prepararla a recibir la absolución y le dice:
a)
lo primero es que ella pida perdón a Dios por sus pecados y haga el propósito
de cambiar;
b)
que dentro de su alma debe perdonar a su marido, como Dios la perdona a ella;
c)
que ha de comenzar a rezar, a pedir ayuda a Dios, a asistir a Misa todos los
domingos, a cumplir sus deberes de madre sacrificando su comodidad para
formarles y darles buen ejemplo, etc.;
d)
que ha de cumplir sus deberes de esposa, y que el principal es acercar a Dios a
su marido, más aún teniendo en cuenta que hasta ahora ha contribuido en cierta
medida a que se apartara de Él;
e)
que hay que hacer lo posible para que su esposo deje de ver a la otra mujer: si
es necesario, tendrá que cambiar de trabajo, o hacer que cambie esa persona; si
su esposo dudara, debe mostrarse firme; si logra acercarle a la confesión,
también ahí se lo exigirán claramente;
f)
que no tiene el estricto deber de reanudar la vida conyugal, pero que es muy
aconsejable que lo haga, por amor a Dios y por el bien de su esposo y de sus
hijos, renunciando a la posibilidad de separarse;
g)
que en la vida conyugal no debe impedir que vengan otros hijos usando medios
anticonceptivos; al contrario, puesto que es muy posible superar la situación,
sería muy bueno que los pidiera a Dios.
Fernanda
asiente sinceramente a todo, y don Pedro, después de recordarle que este paso
es muy importante, pero sólo el primero de un camino de vida cristiana que
tiene que recorrer, le da la absolución.
INTERROGANTES:
1º)
¿Qué se entiende o cual es la materia sobre la separación matrimonial por causa
de adulterio, y la reanudación de la vida conyugal?
2º)
¿Qué decir sobre el Comentario sobre los consejos del confesor, u otros
posibles?
SOBRE LA SEPARACIÓN
MATRIMONIAL POR CAUSA DE ADULTERIO, Y LA REANUDACIÓN DE LA VIDA CONYUGAL.
EL DERECHO Y EL
CONSEJO
El pecado de
adulterio y sus consecuencias, morales y jurídicas, ha sido ampliamente
considerado desde el tiempo de los Padres de la Iglesia. La autoridad de la
Iglesia, en diversos momentos, ha señalado que entre las consecuencias de ese
pecado está el derecho que asiste al cónyuge inocente de pedir la separación
matrimonial. Es el adulterio la única
causa que podría justificar una separación perpetua entre los cónyuges, si bien
el cónyuge inocente retiene el derecho a reanudar la vida conyugal, con lo cual
renacerá el derecho y la obligación extinguidas.
En la actualidad el
canon 1152 considera ampliamente esa situación. En primer lugar establece lo
siguiente: “se recomienda encarecidamente que el cónyuge, movido por la caridad
cristiana y teniendo presente el bien de la familia, no niegue el perdón a la
comparte adúltera ni interrumpa la vida matrimonial...”. Esto supone que se
debe hacer todo lo posible para obtener el perdón por parte de la víctima en
aras a la caridad cristiana y al bien de la familia. Pero en la norma de la
Iglesia también se indica que, de todas formas, al cónyuge inocente le asiste
el derecho “a romper la convivencia conyugal” siempre que en el caso se cumplan
las determinaciones que establece el canon
ACTITUDES CONCRETAS
a) La caridad, por
tanto, recomienda que el cónyuge inocente perdone, disculpe, y sea causa de que
quien es culpable pueda rectificar y reiniciar una vida matrimonial según la
verdadera justicia y amor. Es este medio el primero y fundamental que deben
intentar lograr quienes tengan que asesorar, tanto en el fuero interno
(confesión y dirección espiritual) como en el fuero externo.
b) La razón que
explica el derecho del cónyuge inocente a separarse depende de que el adulterio
supone un atentado directo contra el cónyuge inocente, equivaliendo a negarle
como cónyuge. El ius in corpus, tropieza en el cónyuge culpable, para
que pueda usar de su derecho, con el óbice la oposición justificada del otro
cónyuge.
c) El canon también
establece que el cónyuge que pretende separarse por ese motivo, no tendría el
derecho a hacerlo si “hubiera consentido en el adulterio, o hubiera sido causa
del mismo, o él hubiera también cometido adulterio”.
d) También se
impide la separación perpetua entre los cónyuges por causa de adulterio en
cuanto medie condonación o perdón otorgado por el cónyuge ofendido. Esta
condonación puede ser expresa, tácita o presunta (cfr c. 1152 §§ 2 y 3). “La
condonación tácita” se verifica “si el cónyuge inocente, después de haberse
cerciorado del adulterio, prosigue espontáneamente en el trato marital con el
otro cónyuge (...) la condonación se presume si durante seis meses continúa la
convivencia conyugal, sin haber recurrido a la autoridad eclesiástica o civil”
(c. 1152 § 2). Es muy de alabar que el cónyuge inocente admita al otro a la
vida conyugal; “y en ese caso, renuncia al derecho de separarse”.(c. 1155).
e) Si un fiel,
después de que su cónyuge ha cometido adulterio, llega a un confesor, o llega a
alguien en el fuero externo, diciendo que ya ha roto la convivencia matrimonial
por esa causa, el consejo que se le debe dar según recomienda la caridad es que
intente reiniciar la convivencia perdonando la culpa. Además se le debe
advertir que, según exige la justicia, no puede tomar la decisión de separarse
sin más, pues la Iglesia indica que “debe proponer en el plazo de seis meses
causa de separación ante la autoridad eclesiástica competente”. La autoridad de
la Iglesia, una vez planteada formalmente la separación volverá a considerar “si
es posible mover al cónyuge inocente a que perdone la culpa y no se separe para
siempre” (c. 1152 § 3).
f) La Iglesia, con
tal que no se prevea que las sentencias ante tribunales civiles sean contrarias
al Derecho divino, reconoce la posibilidad de acudir al fuero civil (cfr c.
1692 § 2).
RESPONSABILIDAD Y BUEN CONOCIMIENTO DE LA DOCTRINA
POR PARTE DE LOS CONFESORES
Todos los consejos
del confesor son oportunos y, sobre todo, eficaces pues consiguen no sólo que
se evite la ruptura de la convivencia conyugal, sino que la penitente inicie un
verdadero camino de conversión.
Normalmente no se
podrán dar tantos y tan detallados consejos, y normalmente tampoco habrá que
entrar en particulares distinciones normativas, pero eso no debe impedir que
los confesores tengan el conocimiento necesario sobre una cuestión que, con
facilidad, se hurta de la responsabilidad eclesial y se reconduce sin más ante
abogados y tribunales civiles. En estos casos no es extraño que los cónyuges
que quieren separarse encuentren rápidos apoyos en el entorno social, y lo que
es peor que muchas de esas situaciones acaben siendo reconducidas como casos de
divorcio.
Para las
situaciones en las que el cónyuge inocente resuelva definitivamente por la
separación, se debe recordar que en la elección de abogados se debe optar por
profesionales respetuosos con la moral cristiana y las normas de la Iglesia
sobre separación (cfr. c. 1692). En estos casos también puede ser oportuno
explicar la diferencia que existe entre separación y divorcio.
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